A NUESTRAS
AUTORIDADES
DECRETO SUPREMO Nº
068-2020-PCM
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- INCORPORACIÓN DE LOS NUMERALES 3.10 Y 3.11
AL ARTÍCULO 3 DEL DECRETO SUPREMO Nº 051-2020- PCM, QUE QUEDA REDACTADO DE LA
SIGUIENTE MANERA:
3.11.- Se autoriza,
de manera excepcional, por razones humanitarias y previa coordinación con el
gobierno regional que corresponda, el transporte interprovincial de pasajeros,
por medio terrestre y aéreo no comercial, que se encuentren fuera de su
residencia o lugar de trabajo habitual, a consecuencia de la aplicación de las
disposiciones de inmovilización social...
COMENTARIOS SOBRE EL DECRETO
PRIMERO.- únicos autorizados de coordinar y autorizar
los traslados humanitarios por residencia es el gobierno regional.
EJEMPLO:
El gobernador regional y sus comisiones debe empadronar y
confirmar la residencia, luego debe coordinar con salud para la prueba
correspondiente ojo que hay pocas pruebas a nivel nacional de covid 19, luego
los resultados se demoran, luego debe contar con vehículos de transporte
especiales, luego deben organizar ambientes de cuarentena en el lugar de
destino con todas las medidas de salud y alimentación.
SEGUNDO.- los únicos traslados son para aquellas
personas que la cuarentena lo encontró lejos de sus hogares circunstancialmente, mas
no para todos aquellos que hoy quieren regresar a su tierra de origen por múltiples
motivos que se entiende y comprende pero que es inviable desde el punto de
vista de la salud.
EJEMPLO:
JUAN, vive en conchucos viajo a chimbote a vender su
ganado y justo se dictó la medida de inmovilización de cuarentena y se quedó
varado en dicha ciudad, para aquellas personas como Juan es esta movilización
humanitaria.
VEAMOS
MARÍA, es una conchucana que vive en lima hace dos
años ella trabaja y estudia en Lima, en estos momentos de crisis se ve obligada
a volver a su tierra porque la vida se ha vuelto dura en estos momentos y lo
obligan a tomar esta decisión de sobrevivencia, lamentablemente para ella no le
corresponde el traslado humanitario.
TERCERO.- Las personas para que regresen a sus
hogares deben cumplir un protocolo como hacerse la prueba rápida covid 19 luego
esperar los resultados y cabe resaltar que este proceso en estos días y con
nuestro sistema de salud en crisis es un
imposible.
EJEMPLO:
JULIO, es un muchacho joven no presenta síntomas de
covid 19, no tiene fiebre alta, no se agita, llega a conchucos abraza a su papá y a su mamá la familia esta alegre como cuando uno llega de tan lejos y de
tiempo, pero en 24 horas el papa fallece y a la semana siguiente la mama. que
paso, Julio tenía el coranovirus pero no presentaba síntomas porque por su
juventud su cuerpo es más inmune y otro la prueba rápida no es 100% segura,
pero sus padres por su edad no soportaron.
REFLEXIONES
Los alcaldes su tarea principal es levantar un padrón de las
personas más vulnerables a esta pandemia y organizar una logística adecuada
para la distribución de alimentos adecuados y equitativos y focalizados para
aquellos que más lo necesita.
EJEMPLO:
- EN CONCHUCOS LOS COMUNEROS TIENEN UN DINERO ENTREGADO POR LA MINA.
- EN CONCHUCOS HAY FUNCIONARIOS PÚBLICOS PROFESORES, GOBERNADOR, ETC.
- ENTONCES SE NECESITA EL PADRÓN PARA PRIORIZAR A LA GENTE SIN NINGÚN BENEFICIO.
- EL ALCALDE NO ES SU FUNCIÓN REPARTIR LAS CANASTAS COMO EN CAMPAÑA ELECTORAL NO, EL ESTA PARA QUE LAS COMPRAS SEAN TRANSPARENTES, LOS PRODUCTOS LOS MÁS ADECUADOS, LOS BENEFICIARIOS LOS MÁS NECESITADOS Y TODO EN TIEMPO RÉCORD PORQUE EL HAMBRE ASOLA.
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