9 de julio de 2015

HITO EN EL CERRO HUACCHARA JURISDICCIÓN DE LA CCC

Hito Huacchara
Me encuentro junto a un hito colocado por orden del Sr. Juez de Tierras de Chimbote luego de haber declarado Fundada la Demanda interpuesta por la Comunidad Campesina de Conchucos en contra de la Comunidad Campesina de Pampas, sobre el DESLINDE, colocación que se realizó los días 2 y 3 de octubre del año 1973, cuando era Presidente de la Comunidad Campesina de Conchucos el Sr. VIDAL AGUILAR BARDALES, precisando que en dicho proceso la Comunidad Campesina de Pampas participo y es así que, en la diligencia de confesión personal  por parte de su Presidente Sr. NICANOR ROBLES ROSALES en forma clara manifiesta que la Comunidad Campesina de Conchucos entrego dinero para pagar el alcabala (segunda pregunta). Esta delimitación se encuentra debidamente inscrita en los Registros Públicos desde Septiembre de 1992. Hechos que ha reconocido la Corte Superior del Santa, a través de la Resolución de Vista de fecha 12 de Diciembre del 2013 – Exp. 377-2013 (verificar sistema). Así mismo ha sido reconocido por el 24 Juzgado Civil de Lima Exp. 41480-14-0 al haber declarado Improcedente la Demanda interpuesta por  la Comunidad Campesina de Pampas en contra de la Comunidad Campesina de Conchucos y Pro Inversión sobre Nulidad de Acto Jurídico (CONVENIO MARCO), resolución que ha quedado consentida.

Concluyo manifestando que la propiedad de la Comunidad Campesina de Conchucos está debidamente inscrita y reconocida por los poderes del Estado (Ejecutivo y Judicial).

Por: Dr. Pablo Rojas Eusebio.
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La comunidad de Pampas, hace unos días, salieron a protestar por las calles del distrito del mismo nombre, denunciando que Conchucos quiere quitarlo sus tierras, hace dos semanas llevaron peritos, pero el resultado no es nada favorable a su pretenciòn, lo que estan haciendo sus dirigentes es movilizar a su gente y ya por varias oportunidades han llegado hasta este hito Huacchara, pero no tuvieron el coraje de pasar a jurisdicción de Conchucos. La comunidad de Pampas, presento una demanda, pero la justicia lo denegado.

La Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia del Santa, revocó la medida cautelar otorgada anteriormente a la Comunidad Campesina de Pampas, en contra de los intereses conchucanos, tal medida fue revocada por dicha autoridad, luego de analizar el excelente “Recurso de apelación” de fecha 11 de Junio de 2013, presentado por el Dr. Pablo Rojas Eusebio.
En esta resolución N° 06 de fecha 12 de diciembre, La Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia del Santa, reconoce todos los extremos de la inscripción registral de las propiedades de la Comunidad Campesina de Conchucos.



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