- Esperar la aprobación de las autoridades competentes del MEM al Recurso de Reconsideración presentado por la CCC.
- Participación de la Comunidad en el 1.75% de las utilidades en la facturación de la Mina.
- Evaluación de la influencia minera en el Cambio Climático y sus efectos en el desarrollo de las áreas de influencia.
- Accidentes y desastres naturales.
- Trata de conflictos.
- Fiscalización, supervisión y manejo de políticas ecosistemas.
- Mitigación por contaminación.
- Gobernanza ambiental y su marco legal.
- Trata de sustancias nocivas y residuos tóxicos.
- Elaboración de proyectos sostenibles.
- Eficiencia y control de los recursos naturales.
- Planificación y control de promesa laboral.
- Construcción e implementación de centros médicos con cuerpo médico de primer nivel, tanto en el pueblo, los centros poblados, así como en el campamento minero.
- Construcción e implementación de helipuerto para evacuación en casos de emergencias.
- Contingencias ante accidentes contaminantes.
- Planificación de la conducta ética del personal foráneo, respecto a su comportamiento y el impacto social.
- Contratación del seguro privado, conforme a las normas para cada trabajador que labore en la mina, en condiciones de alto riesgo.
- Construcción y mantenimiento de vías de comunicación como fuentes de progreso.
- Producción, comercialización y consumo sustentable de productos de la zona.
- Fideicomiso y sus alcances.
- Impacto Social.
- Impacto Ambiental.
- Medio de pago, plazos y castigos por retrasos de pago y perjuicios no previstos.
- La Minera informará con plazo de antelación, a la CCC, ante la eventualidad de un posible tracto sucesivo o sesión de derechos a favor de terceros por parte de La Mina bajo los mismos términos del contrato celebrado entre la Minera y la Comunidad, que sesionará y evaluará.
- Se recomienda convocar pública a todos los conchucanos, descendientes y ciudadanos de buena voluntad para presentar sus alcances a la oficina de la CCC y/o a la oficina técnico jurídica encargada de la elaboración del borrador del contrato que será sometido a la aprobación de la Magna Asamblea Comunal con la participación de quórum requerido conforme a ley.
- Si la dirigencia comunal, si su comisión negociadora o su grupo de asesores, no se encontraran en condiciones ni predispuestos a elaborar un correcto y serio contrato minero que garantice la seguridad y ventajas económicas a que tiene derecho la Comunidad Campesina y el pueblo de Conchucos, la Asamblea Comunal toma la decisión de su recambio.
ELABORADOS POR EL ASESOR LUIS ALBERTO CASTRO LOPEZ
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